Instituto de Estadística y Censos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Definición

Unión civil o convivencial (Familia y hogares)

unión conformada libremente por dos personas con independencia de su sexo y orientación sexual. Se reconocen en la Ciudad a partir de la sanción de la Ley N° 1.004 en diciembre de 2002 y de su Decreto Reglamentario 556 de mayo de 2003. A partir del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación del año 2015 se unificaron las uniones civiles de la ciudad con las uniones convivenciales.