Instituto de Estadística y Censos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Definición

Residencia habitual (Población)

para Censo: lugar donde la persona censada vivía habitualmente –desde hace 6 meses o más con relación a la fecha del Censo o donde estaba decidida a fijar su residencia-. Para Estadísticas vitales: localización geográfica o dirección donde reside habitualmente la persona. No necesita ser el mismo lugar en que la persona se encontraba en el momento en que ocurrió el hecho o su residencia legal. Para el caso de nacimientos, defunciones de menores de un año y fetales se considera el lugar de residencia de la madre.