la Ley de Comunas (Ley N° 1.777) que divide a la Ciudad de Buenos Aires en quince comunas se sancionó el 1° de septiembre de 2005 y su Anexo fue modificado mediante la Ley N° 2.650 del 13/03/2008. Dicha ley establece que «la descentralización de la ciudad se realiza a través de comunas bajo el agrupamiento de barrios, conforme el número y delimitación establecidos en el Anexo». Las comunas son unidades de gestión política y administrativa con competencia territorial. El Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2010 incorporó esta división territorial.
Comuna 1: Constitución, Monserrat, Puerto Madero, Retiro, San Nicolás, San Telmo
Comuna 2: Recoleta
Comuna 3: Balvanera y San Cristóbal
Comuna 4: Barracas, La Boca, Pompeya y Parque Patricios
Comuna 5: Almagro y Boedo
Comuna 6: Caballito
Comuna 7: Flores y Parque Chacabuco
Comuna 8: Villa Lugano, Villa Riachuelo y Villa Soldati
Comuna 9: Liniers, Mataderos, Parque Avellaneda
Comuna 10: Floresta, Monte Castro, Vélez Sarsfield, Versalles, Villa Luro y Villa Real
Comuna 11: Villa del Parque, Villa Devoto; Villa General Mitre y Villa Santa Rita
Comuna 12: Coghlan, Saavedra, Villa Pueyrredón y Villa Urquiza
Comuna 13: Belgrano, Colegiales y Núñez
Comuna 14: Palermo
Comuna 15: Agronomía, Chacarita, Paternal, Villa Crespo y Villa Ortúzar.