En esta sección se presenta información mensual correspondiente al período febrero 2008/2009 sobre los nacimientos y defunciones por residencia habitual (residentes, no residentes y residencia desconocida) y total de matrimonios ocurridos y registrados en la Ciudad de Buenos Aires. Esta información proviene del registro de la Dirección General de Estadística y
Censos (Ministerio de Hacienda GCBA).
Asimismo se incluyen los datos correspondientes al período marzo 2008/2009 de divorcios, uniones civiles, certificados de convivencia que tienen como fuente a la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas (Ministerio de Justicia y Seguridad).
Por otro lado, también se difunden indicadores de la mortalidad de la Ciudad: tasa específica de mortalidad de las principales causas básicas de muerte y su distribución porcentual así como la tasa de mortalidad por sida según grupo de edad, correspondientes a las estadísticas vitales de 2007.
A continuación se enuncia una serie de definiciones básicas para la mejor comprensión de los datos presentados:
Nacido vivo: es la expulsión o extracción completa del cuerpo de la madre prescindiendo de la duración del embarazo, de un producto de la concepci n que, después de tal separación, respire o manifieste cualquier otro signo de vida, tal como el latido del corazón, pulsaciones del cordón umbilical, o movimiento efectivo de músculos voluntarios, haya o no haya sido cortado el cordón umbilical y esté o no unida la placenta; cada producto de tal alumbramiento se considera nacido vivo.
Defunción: es la desaparición permanente de todo signo de vida, cualquiera que sea el tiempo transcurrido desde el nacimiento con vida (cesación post-natal de las funciones vitales sin posibilidad de resucitar). Por tanto, esta definición excluye las defunciones fetales.
Defunción fetal: es la muerte ocurrida con anterioridad a la expulsión completa o extracción del cuerpo de la madre
de un producto de la concepción, cualquiera que haya sido la duración del embarazo; la defunción se señala por el hecho de que, después de tal separación, el feto no respira ni muestra cualquier otro signo de vida, tal como el latido del corazón, la pulsación del cordón umbilical o el movimiento efectivo de músculos voluntarios.
Lugar de residencia habitual: es la localización geográfica o dirección donde reside habitualmente la persona de que se trate.
Éste no necesita ser el mismo lugar en que aquella persona se encontraba en el momento en que ocurrió el hecho o su residencia legal. A los efectos de la tabulación, el lugar de residencia debe determinarse de la siguiente manera:
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para nacidos vivos: lugar de residencia de la madre en el momento del alumbramiento del nacido vivo.
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para defunciones fetales: lugar de residencia de la madre en el momento de la expulsión del feto muerto.
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para defunciones: en las de menores de un año, lugar de residencia de la madre en el momento de la muerte del niño
(o la del niño si la madre ha muerto); y lugar de residencia del fallecido al morir para el resto de las edades.
Matrimonio: es la unión legal, conforme a derecho, de dos personas de sexo diferente.
Divorcios vinculares: es la disolución legal del matrimonio, permite al divorciado contraer nuevas nupcias. Se reconocen a partir de la Ley 23.515 del año 1987.
Unión Civil: es la unión conformada libremente por dos personas con independencia de su sexo y orientación sexual. Se reconocen en la Ciudad a partir de la sanción de la Ley 1.004 en diciembre de 2002 y de su decreto reglamentario 556 de mayo de 2003.
Certificado de convivencia: es la constancia emitida por el Registro de la Personas en el ámbito de la C.A.B.A. a los efectos de acreditar las uniones de hecho. Dicho certificado permite acceder a beneficios de la Seguridad Social, del Sistema de Salud y diversas tramitaciones civiles.
Causa de muerte: son todas aquellas enfermedades, estados morbosos o lesiones que produjeron la muerte, o que contribuyeron a ella y las circunstancias del accidente o de la violencia que produjo dichas lesiones.
Causa básica de muerte: es a) la enfermedad o lesión que inició la cadena de acontecimientos patológicos que condujeron directamente a la muerte o b) las circunstancias del accidente o violencia que produjo la lesión fatal.
Tasa específica de mortalidad por causa: relaciona las defunciones provenientes de una causa específica de un año dado con la población media en el mismo año. Suministra un índice de la disminución de la población total por una causa determinada y es uno de los indicadores más utilizados para la evaluación de los programas de salud.
Tasa específica de mortalidad por sexo: relación entre los fallecidos de un determinado sexo durante un año dado y la población media de ese sexo en el mismo año.
Tasa específica de mortalidad según edad: relación entre el número de defunciones acaecidas en un grupo de edad específica durante un año dado y la población de ese grupo específico de edad en el mismo año.
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