Definiciones y conceptos
Porcentaje de
participación: cociente entre el total de votos emitidos y el total de
electores habilitados, por 100.
Votos emitidos:
Positivos o válidos: son los emitidos mediante boleta
oficializada, aún cuando tuvieran tachaduras de candidatos, agregados o
sustituciones.
En blanco: cuando el sobre está vacío o con papel de cualquier color sin
inscripciones ni imagen alguna.
Nulos son aquellos emitidos:
a) mediante boleta
no oficializada o con papel de cualquier color con inscripciones o imágenes de
cualquier naturaleza;
b) mediante boleta oficializada que contenga inscripciones y/o leyendas de
cualquier tipo exceptuando las consideraciones de los votos válidos;
c) mediante dos o más boletas de distintos partidos para la misma categoría de
candidatos;
d) mediante boleta oficializada que por destrucción parcial, defecto o
tachaduras, no contenga por lo menos, sin rotura o tachadura, el nombre del
partido y la categoría de candidatos a elegir;
e) cuando en el sobre juntamente con la boleta electoral se hayan incluido
objetos extraños a ella.
Recurridos: son los votos que no se computan con carácter provisorio y cuya
validez es cuestionada en el escrutinio provisorio con fundamentación de los
fiscales presentesenla mesa. Este voto es analizado y en el escrutinio
definitivo es clasificado en alguna de las otras categorías de votos.
Reclamo:
queja, exigencia y/o pedido registrado con derecho, por causa de alguna
situación irregular o por inconvenientes en los servicios, que es competencia
del sistema u organismo receptor. Se realiza vía telefónica, presencial o por
e-mail. Se presentan reclamos debido a deficiencias en la vía pública y de los
servicios públicos.
Denuncia (en la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor): acción que requiere la presencia en
persona del consumidor con documentación pertinente que lo acredite como tal y
que dé cuenta de una presunta infracción a la Ley nacional 24.240 o a la Ley
757 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por parte de una empresa o
profesional cuya disciplina no posee colegio que la incumba.
Registro de Organizaciones de Acción Comunitaria (ROAC): es un listado de organizaciones no
gubernamentales que desarrollan actividades sociales sin fines de lucro en el
ámbito de la Ciudad de Buenos Aires. Para que la organización pueda ser
inscripta y ser incluida en esta base de datos del Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires, se requiere la aportación de documentación y posteriormente se
constata su existencia real.
Plan de Prevención del Delito (PPD): programa orientado a promover la organización
ciudadana para reducir las posibilidades de que se cometan delitos, articulando
mecanismos de prevención con la necesidad de superar las distintas
problemáticas sociales que sufre toda la población. Es coordinado por la
Dirección General de Políticas de Seguridad y Prevención del Delito,
Subsecretaría de Seguridad Urbana del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
Asamblea (PPD): reunión mensual que se realiza en los Centros de Gestión y
Participación, en el marco del Plan de Prevención del Delito, abierta a todos
los vecinos, donde también participan funcionarios del Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires, eventualmente de la Nación, y miembros del Poder Judicial y de la
Policía Federal. Son espacios para expresar demandas y exponer iniciativas
concretas, que servirán de orientación a la hora de fijar las políticas de
seguridad en la zona. Se realizan en toda la Ciudad subdividida en 60 subzonas
teniendo en cuenta la división en Centros de Gestión y Participación.
Interasamblea (PPD): encuentro entre participantes de distintas asambleas zonales que en el
marco del Plan de Prevención del Delito, confluyen iniciativas y demandas de
distintos Centros de Gestión y Participación para ser articuladas entre sí.
También forman parte en estas reuniones, funcionarios del Gobierno de la Ciudad
de Buenos Aires, de la Nación, y miembros del Poder Judicial y de la Policía
Federal.
Red vecinal (PPD): grupo de personas constituidas en un colectivo para la prevención del
delito, a partir de acuerdos con el Plan de Prevención del Delito, respetando
las pautas propias de cada vecindario, donde la noción de seguridad debe
vincularse a la de derechos humanos, democracia y mejora de las condiciones de
vida y oportunidades de todos.